El Juez Único del Tribunal de Disciplina de la CONMEBOL, RESUELVE
1º. IMPONER al CLUB NACIONAL DE FOOTBALL una multa de USD 3.000 (TRES MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el CLUB NACIONAL DE FOOTBALL de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
2º. ADVERTIR expresamente al CLUB NACIONAL DE FOOTBALL que en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 21TER del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
3º. NOTIFICAR y cumplido, archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.
Eduardo Gross Brown Presidente Tribunal de Disciplina
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